En el verano de 1971 debía llegar a Raseiniai el Obispo para imponer el sacramento de la Confirma­ción. Los sacerdotes del raion habían recibido del Obispo las instrucciones para que se verificaran los conocimientos de los que iban a ser confirmados y se les entregaran tarjetas confirmatorias.

El párroco de la parroquia de Girkalnis, P. Bubnys, notificó a los fieles que los padres llevaran a la iglesia a sus hijos para la verificación. Los padres procedieron en tal sentido, hasta que cierto día irrumpió un grupo de representantes del comité ejecutivo del raion de Raseiniai. Al hallar en la iglesia a los niños, esperando al sacerdote, los delegados comenzaron a cazarlos y arrastrarlos por el pueblo hasta la sede de los bomberos; allí, mediante intimi­daciones y amenazas los obligaron a escribir notas, de que el P. Bubnys les enseñaba las verdades de la fe. Los niños quedaron tan asustados, que hasta lloraron, y algunos se enfermaron posteriormente.

El 12 de noviembre de 1971 en Raseiniai tuvo lugar el juicio popular. El derecho de participar en el juicio lo tuvieron solamente los funcionarios y los testigos. Los fieles debieron permanecer afuera frente a las puertas. Nadie creyó que el P. Bubnys iba a ser condenado, dado que los funcionarios gubernamen­tales losorprendieron examinando a un solo chico, los demás esperaban su turno en la iglesia. 

Recién cuando el tribunal pasó a deliberar y ante la sede del tribunal llegó un coche de la milicia, a todos se les hizo claro: el P. Bubnys sería condenado. En nombre de la RSS de Lituania, el tribunal decidió reconocer culpable al P. Bubnys, aplicándole una pena de un año, que debía cumplir en un campamento de régimen severo. Leído el fallo, el P. Bubnys fué detenido y, ante el llanto de la gente, trasladado a la cárcelde Lukiskis.

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Todavía antes del juicio, el P. Bubnys escribió su discurso de defensa, que ofrecemos a continuación.

Estimado Tribunal,

me toca la importante obligación ciudadana de expresarme sobre un importante problema de la vida: ¿soy culpable por la enseñanza religiosa? Aquí surge el interrogante: ¿el testimonio de fe (testimonio que no se hace a los árboles ni a las piedras, sino a la gente) y por lo mismo, su proclamación, es en esencia mala y prohibitoria? ¿Si es permitido, yo poseo el derecho y el deber de hacerlo?

(El acusado: ¿tengo el derecho de rehusarme a servir a los padres?):

La comunidad de las naciones unidas, así como la Constitución nacional se elevó por encima del precepto de la mentalidad medioeval, —la religión depende de quien gobierna—reconociendo la libertad de conciencia y la libertad de religión. Reconociendo como delito la enseñanza religiosa, yo delinquiría contra el concepto del hombre y su progreso espiritu­al, alcanzado tras penosos siglos. Yo respeto el derecho de los padres para resolver por sí mismos si sus hijos deben ser religiosos o no. Ellos mismos trajeron a sus hijos para examinarlos de sus conoci­mientos religiosos. A nadie se le había designado el día cuando debía traer a sus hijos. Para economizar el tiempo de la gente, nos habíamos acomodado al único autobús que circulaba a través de Girkalnis. Yo no procuré adrede hacer caso omiso de los funcionarios y sus exigencias.

Además de las obligaciones hacia el Estado, yo, como sacerdote y párroco, tengo obligaciones para con la religión y la Iglesia, que comprometen mi concien­cia.

La obligación esencial del sacerdote, impuesta por el mismo Cristo, es la de proclamar el Evangelio, enseñar a las naciones y conferir las gracias de Dios, administrando los sacramentos. Si el gobierno soviéti­co todavía no clausuró totalmente el Seminario Eclesiástico, en los cuales se aprenden y estudian las cuestiones religiosas, entonces está de acuerdo que esos conocimientos deben ser utilizados para la enseñanza de la religión. Durante su consagración, todo sacerdote se obliga ante el propio Dios, y a través de la designación otorgada por el Obispo, recibe el mandamiento, reglamentado por las disposiciones de la Iglesia, de enseñar y consagrar el Pueblo de Dios. Por lo tanto él, comportándose concientemente, no puede no propagar y no enseñar religión, según el apóstol San Pablo: "...y ¡ desventurado de mí si no lo predicare!" (1 Cor., 9, 16). Los padres también poseen el derecho de enseñar religión a sus hijos. Si ellos mantienen con su peculio al sacerdote, ¿acaso el sacerdote tiene derecho a rehusarse de ayudar a los padres en esas cuestiones? ¿No sería cabal inconscien­cia, teniendo derecho y teniendo medios, prohibir que se los utilice? Sería igual a permitir que una persona tuviese un martillo en sus manos, y obligarlo a clavar clavos con el ñuño. Tal exigencia no corresponde a una decisión de sano juicio, por lo cual no resulta sorprendente que a la mayoría de la gente le resulte incomprensible.

(El acusado: ¿tengo derecho a no cumplir mi obligación?):

Si toda persona honesta no debe tener dudas sobre las cuestiones de la verdad y la honestidad, por lo mismo no debe callar el sacerdote, al cual le fuera permitido por Cristo conocer la verdad divina. Pues no se ha dado a los hombres otro nombre debajo del cielo por el cual debamos salvarnos, como el nombre de Jesús. (Según Hechos, 4.12). La doctrina de Cristo es la base de la cultura y el bienestar de la humanidad. Por cuanto el ser inteligente es superior al ignorante, por tanto la cultura espiritual es más valiosa que la material. Las leyes humanas son cambiadas por el tiempo y el lugar, y se tornan contrarias a aquellas que rigieron anteriormente. Los mandamientos de Cristo están fundamentados en la misma naturaleza humana y no cesarán de ser hasta que viva el hombre. La historia de Cristo no terminó con su muerte en la cruz. Está vivo eternamente. Lo testimonia aquí el día de hoy. El llega, tal como había prometido, puntualmente, con gran poder y grande­za, como aquel a quien le fuera entregado todo el poder en el cielo y en la tierra. Le pertenecen todos los creyentes, y todos-los ateos, sean cuantos fueren. Su zaranda está en sus manos, y El separa la basura del grano.

Ante esta evidencia, la conciencia me obliga a ser temeroso no del "delito" por haber enseñado las verdades de la religión a los niños, sino por el abandono en el cumplimiento de tan importantes obligaciones, dado que, sumando todo el tiempo computado por los acusadores, el tiempo empleado para examinar a los niños de Primera Comunión en sus  conocimientos elementales, no resultó ni  10 minutos para cada uno. ¿Entonces, se puede hablar sobre enseñanza?

Mi única justificación reside en la brevedad de tiempo hasta la llegada del Obispo a Raseiniai. Yo no puedo admitir ni méritos ante Dios, ni culpa ante las leyes.

Si en este momento estoy obligado a admitir públicamente si enseñé religión, entonces no lo puedo negar o arrepentirme, pues ello significaría tortuosi­dad de conciencia y un desaire a los mandamientos del Creador por causa de las leyes humanas. Si las leyes humanas no concuerdan con las leyes naturales dadas por el Creador, no es la naturaleza la que erra, sino el entendimiento humano; y por ello la gente sufre y sufrirá hasta que se dé cuenta donde cometió el error, desviándose del plan de Creador.

En esta solemne hora destinada para mí, mota de polvo, no puedo renegar del Jesús que nos ama, instando a no impedir que los niños se acerquen a El. Deseo expresar: ¡Loado sea Jesucristo!

Al mes de transcurrido el juicio, el 9 de diciembre de 1971 el Supremo Tribunal confirmó el fallo del tribunal popular de Raseiniai.

(La acusación de los creyentes: nosotros pedimos al sacerdote . . .):

Los fieles de la parroquia de Girkalnis y sus vecinas, sobrellevando dolorosamente el perjuicio cometido al sacerdote, desengañados del gobierno local, se dirigieron con una exposición al presidente del Presidium del Soviet Supremo de la URSS y al procurador general de la URSS.

Exposición

El 12 de noviembre de 1971, en Raseiniai (RSS de Lituania) fué condenado a un año de prisión el sacerdote Prosperas Bubnys, domiciliado en la parroquia de Girkalnis, raion de Raseiniai. El 9 de diciembre, el Supremo Tribunal de la RSS de Lituania confirmó dicho fallo.

El "delito" del sacerdote residió en que cumplió a conciencia sus obligaciones: ayudó a los padres a preparar sus hijos para la Primera Comunión y la Confirmación.

No quisiéramos creer que no se haya cometido un error. Puesto que nuestra Constitución garantiza la libertad de religión y de conciencia, mientras que el decreto de Lenín sobre la separación de la Iglesia del Estado, estipula: "Los ciudadanos poseen el derecho de aprender religión por iniciativa propia". Nuestro párroco enseñaba por su propia iniciativa, puesto que no concurría a la escuela para enseñar a los niños. El hecho fué justamente al revés: los representantes del comité ejecutivo del raion de Raseiniai, convocando a los maestros de escuela, irrumpieron directamente en la iglesia y, habiendo niños que esperaban al párroco (para su examen sobre conocimientos religiosos), provocaron un escándalo. Los representantes cazaron a los espantados niños y los arrastraron a través del pueblo hasta la sede de los bomberos; allí los encerraron y mediante amenazas les obligaron a escribir manifestaciones culposas contra el párroco. (Algunos niños hasta se enfermaron del susto). Amenazados, atemorizados y llorosos, los niños escribieron los exposiciones, sin la menor distinción entre las palabras "enseñar" y "examinar". Ello fué aprovechado por los enemigos de la libertad de conciencia, para poder acusar al sacerdote de en­señanza sistemática de los niños. Y bien, que el sacerdote haya podido enseñar a los niños a no robar, no holgazanear, honrar a sus padres, amar al prójimo, ¿puede considerarse un delito? Por nuestra propia experiencia de la vida nosotros percibimos clara­mente que los niños educados en la religión crecen como hombres buenos, sin malas costumbres. Y es como nosotros queremos que sean educados nuestros hijos, pero carecemos de cualquier clase de catecis­mos, con los cuales podamos enseñar a los niños las verdades religiosas. (Es que durante los años de la Lituania socialista, ni tan sólo una vez fueron editados catecismos u otros libros de texto seme­jantes). Nos quedaba una sola salida: solicitar al párroco que nos ayudara. Desgraciadamente, por tal servicio religioso nuestro párroco fué condenado a prisión.

(Los fieles acusan: a los ateístas se les conceden mayores derechos sobre los niños que a los padres):

Las arbitrariedades de los ateístas y del gobierno, a nosotros, los creyentes, nos hieren y menoscaban sumamente, puesto que por la fuerza se demuestra la desigualdad de los creyentes con los no creyentes. Solamente a los ateístas se les concede la posibilidad de educar a sus hijos sin trabas, es decir, ateística­mente, mientras que a los creyentes se les quitan todos los derechos y posibilidades para educar a sus hijos según sus convicciones. Más todavía: a los ateístas se les han concedido muchos más derechos para intervenir en la educación de nuestros hijos, que a los propios padres. Ellos procuran convertir por la fuerza en ateístas a los hijos de los otros, los dispersan de las iglesias, los amedrentan, no les permiten tomar la Primera Comunión, y al sacerdote, que por pedido de los padres "por iniciativa propia" enseñara religión y moral a los niños, lo condenan a prisión.

(Los fieles solicitan):

Nosotros solicitamos no permitir tamañas arbitra- riedades, cuando son lesionados nuestros derechos, los de los padres, hacia sus hijos. Solicitamos la libertad de conciencia e iguales libertades, tal como lo había prometido Lenín y como lo praclama la Constitución soviética.

Solicitamos la publicación de catecismos, para que podamos tener algo con que enseñar a nuestros hijos.

Solicitamos que a los sacerdotes se les permita enseñar en las iglesias las verdades religiosas— consecuentemente al decreto de Lenín.

También solicitamos vuestra ayuda,para que el P. Bubnys sea librado de la cárcel.

 

P. S. Al pie de esta exposición firmaron 1344 fieles del raion de Raseiniai, entre ellos 570 de la parroquia de Girkalnis, en 43 hojas de firma que son agregadas a esta exposición.

Esperamos contestación a ésta dirección:

RSSL, Raion de Raseiniai Girkalnis, Lukinskaite Blaze, Kazimierskyte Anele.

ll-XII-1971.

(Moscú no responde):

Aunque los de Girkalniai solicitaron la defensa de sus derechos y la liberación de la prisión del P. P. Bubnys, pero esta voz popular no fué escuchada por el gobierno soviético.

Mientras tanto el P. Bubnys come el pan de la prisión en el campamento de régimen severo de Kapsukas y no se queja de su destino. En oportunidad de la Santa Natividad escribió: "Al ser destinado a la cárcel, en parte yo lo añoraba y me alegraba la posibilidad de alejarme del mundo, de quedar ignorado por todos y aceptar concientemente el espíritu de contricción y sacrificio . . ."

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